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Ley 19/2013 de transparencia: publicidad activa, acceso y buen gobierno

La Ley 19/2013 para el temario: publicidad activa, derecho de acceso a la información pública con sus plazos, buen gobierno y Consejo de Transparencia.

Equipo de Test Auxiliar del Estado, actualizada el 5 de octubre de 2026, 10 min de lectura

Qué pide el programa sobre la Ley 19/2013

La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno (BOE-A-2013-12887) tiene tema propio en los dos programas de la convocatoria de 22 de diciembre de 2025: el tema 7 del bloque I, tanto en el Cuerpo General Auxiliar (C2) como en el Administrativo (C1), con un enunciado que es solo el título de la ley. El Gobierno Abierto y la Agenda 2030 son el tema 6 y se estudian aparte.

La ley tiene tres partes: la transparencia de la actividad pública, dividida en publicidad activa y derecho de acceso; el buen gobierno; y el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno. Los artículos citados se han releído en el texto consolidado del BOE y los principales enlazan con él.

ParteContenidoArtículos
Título preliminarObjeto1
Título I. Transparencia de la actividad públicaCapítulo I: ámbito subjetivo2 a 4
Título ICapítulo II: publicidad activa5 a 11
Título ICapítulo III: derecho de acceso (régimen general, ejercicio e impugnaciones)12 a 24
Título II. Buen gobiernoPrincipios, infracciones, sanciones y prescripción25 a 32
Título III. Consejo de Transparencia y Buen GobiernoNaturaleza, composición, funciones y régimen33 a 40
Estructura de la Ley 19/2013

Objeto y ámbito: artículos 1 a 4

El artículo 1 resume la ley en tres verbos: ampliar y reforzar la transparencia, regular y garantizar el derecho de acceso y establecer las obligaciones de buen gobierno de los responsables públicos y sus consecuencias.

El artículo 2 aplica el título I a la AGE, las Administraciones autonómicas y locales, la Seguridad Social y sus mutuas colaboradoras, los organismos autónomos, agencias estatales, entidades públicas empresariales y entidades de derecho público con funciones de regulación o supervisión externa, las entidades de derecho público dependientes de las Administraciones (incluidas las universidades públicas), las corporaciones de derecho público en lo sujeto a Derecho Administrativo, las sociedades con participación pública superior al 50 por 100, las fundaciones del sector público y sus asociaciones. También a la Casa de Su Majestad el Rey, el Congreso, el Senado, el Tribunal Constitucional, el Consejo General del Poder Judicial, el Banco de España, el Consejo de Estado, el Defensor del Pueblo, el Tribunal de Cuentas y el Consejo Económico y Social, en relación con sus actividades sujetas a Derecho Administrativo.

El artículo 3 extiende solo el capítulo II (publicidad activa) a partidos políticos, sindicatos, organizaciones empresariales y entidades privadas que reciban más de 100.000 euros en ayudas públicas en un año, o cuando el 40 % de sus ingresos anuales tengan ese origen con un mínimo de 5.000 euros. El artículo 4 obliga a quienes presten servicios públicos o ejerzan potestades administrativas, incluidos los adjudicatarios de contratos, a suministrar la información que se les requiera.

Publicidad activa: artículos 5 a 11

La publicidad activa es publicar información sin que nadie la pida. Según el artículo 5, se publica de forma periódica y actualizada, en sedes electrónicas o páginas web, de manera clara, estructurada y entendible y, preferiblemente, en formatos reutilizables, con acceso fácil y gratuito y accesible a las personas con discapacidad. Se aplican los límites de los artículos 14 y 15, y los datos especialmente protegidos solo se publican disociados.

CategoríaArtículoContenido principal
Institucional, organizativa y de planificación6Funciones, normativa, estructura y organigrama actualizado con el perfil y trayectoria de los responsables; planes y programas y su cumplimiento
De relevancia jurídica7Directrices, instrucciones y circulares con efectos jurídicos; anteproyectos de ley, decretos legislativos y reglamentos; memorias e informes normativos; documentos en información pública
Económica, presupuestaria y estadística8Contratos, convenios, encomiendas y subvenciones; presupuestos y cuentas anuales; retribuciones e indemnizaciones de altos cargos; compatibilidades; bienes inmuebles
Qué hay que publicar
  • Control (artículo 9). El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno controla a la AGE; el incumplimiento reiterado es infracción grave.
  • Portal de la Transparencia (artículo 10). Lo desarrolla la AGE, e incluye la información más solicitada.
  • Principios técnicos (artículo 11). Accesibilidad, interoperabilidad y reutilización.

Derecho de acceso: artículos 12 a 22

El acceso funciona a solicitud. Lo reconoce el artículo 12 a todas las personas, en los términos del artículo 105.b de la Constitución. Es información pública, según el artículo 13, todo contenido o documento, en cualquier formato, que obre en poder de los sujetos obligados y se haya elaborado o adquirido en el ejercicio de sus funciones.

Límites (artículo 14). El acceso puede limitarse si perjudica a alguna de estas doce materias: seguridad nacional, defensa, relaciones exteriores, seguridad pública, prevención e investigación de ilícitos, igualdad de las partes en los procesos y tutela judicial efectiva, funciones de vigilancia, inspección y control, intereses económicos y comerciales, política económica y monetaria, secreto profesional y propiedad intelectual e industrial, confidencialidad en procesos de toma de decisión y medio ambiente. La limitación debe ser justificada y proporcionada, y atender a un posible interés superior. El artículo 15 exige consentimiento expreso y por escrito para datos de ideología, afiliación sindical, religión o creencias, y consentimiento expreso o norma con rango de ley para origen racial, salud, vida sexual, datos genéticos o biométricos o infracciones; en los demás casos se pondera. Si el límite afecta solo a una parte, hay acceso parcial (artículo 16).

Solicitud (artículos 17 y 18). Se dirige al titular del órgano que posea la información y no hay que motivarla; puede hacerse en lengua cooficial. Se inadmite, con resolución motivada, si la información está en elaboración o publicación general, es auxiliar o de apoyo (borradores, resúmenes, informes internos), exige reelaboración, se dirige a quien no la tiene, o la solicitud es repetitiva o abusiva.

Resolución (artículos 20 a 22). El acceso es gratuito, salvo copias o cambio de formato, y preferentemente electrónico.

TrámitePlazoArtículo
Concretar una solicitud imprecisaDiez días, con suspensión del plazo para resolver19.2
Alegaciones de terceros afectadosQuince días19.3
Resolver y notificarUn mes desde la recepción por el órgano competente, ampliable otro mes por volumen o complejidad20.1
No resolver en plazoDesestimación20.4
Dar el acceso si no es posible al notificarNo más de diez días22.1
Reclamación ante el Consejo de Transparencia y Buen GobiernoUn mes desde la notificación o los efectos del silencio24.2
Resolver la reclamaciónTres meses; desestimada si pasan24.4
Plazos del acceso y de su impugnación

Cómo se recurre

Las resoluciones de acceso son recurribles directamente ante la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio de la reclamación potestativa ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, previa a esa vía (artículos 20.5 y 24). La reclamación sustituye a los recursos administrativos (artículo 23); contra las resoluciones de los órganos del artículo 2.1.f (Casa del Rey, Cortes, Tribunal Constitucional y otros) solo cabe recurso contencioso-administrativo.

Buen gobierno: artículos 25 a 32

El título II se aplica en la AGE a los miembros del Gobierno, los Secretarios de Estado y los altos cargos de la AGE y del sector público estatal (artículo 25). El artículo 26 fija sus principios: siete generales (transparencia, dedicación al servicio público, imparcialidad, igualdad de trato, diligencia, conducta digna y asunción de responsabilidad) y nueve de actuación (entre ellos reserva sobre la información conocida, no aceptar regalos que superen los usos habituales y no valerse del cargo para obtener ventajas). Las infracciones son de conflicto de intereses (artículo 27), económico-presupuestarias (artículo 28, todas muy graves) y disciplinarias (artículo 29):

GravedadEjemplosSancionesPrescripción
Muy gravesDiscriminación o acoso; acuerdos manifiestamente ilegales con perjuicio grave; publicación o utilización indebida de información conocida por el cargo; acoso laboralLas del artículo 30.2 (declaración del incumplimiento publicada en el BOE y no percepción de la indemnización por cese) y, además, destitución y no poder ser alto cargo entre cinco y diez añosCinco años
GravesAbuso de autoridad; intervenir en un procedimiento pese a una causa de abstención; no guardar sigilo con perjuicio o provecho propioAlguna de las del artículo 30.2: declaración del incumplimiento publicada en el BOE o no percepción de la indemnización por ceseTres años
LevesIncorrección con superiores, compañeros o subordinados; descuido o negligenciaAmonestaciónUn año
Infracciones disciplinarias, sanciones y prescripción (artículos 29, 30 y 32)

El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno: artículos 33 a 40

Es un organismo público con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar, que actúa con autonomía y plena independencia (artículo 33). Su fin es promover la transparencia, velar por la publicidad activa, salvaguardar el derecho de acceso y garantizar el buen gobierno (artículo 34). Se compone de la Comisión y su Presidente (artículo 35). La Comisión (artículo 36) reúne ocho miembros: el Presidente, un Diputado, un Senador y representantes del Tribunal de Cuentas, del Defensor del Pueblo, de la Agencia Española de Protección de Datos, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas y de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal.

El Presidente (artículo 37) es nombrado por Real Decreto por un período no renovable de cinco años, a propuesta del titular del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas según el texto, entre personas de reconocido prestigio, tras comparecer ante la Comisión del Congreso, que debe refrendarlo por mayoría absoluta en un mes natural. Entre las funciones del Consejo (artículo 38) están recomendar, asesorar, informar los proyectos normativos que desarrollen la ley y evaluar su aplicación con una memoria anual ante las Cortes Generales (artículo 40); el Presidente resuelve las reclamaciones del artículo 24 y puede instar el procedimiento sancionador.

Cómo se ha preguntado en los cuestionarios del INAP

La ley aparece con dos preguntas en el bloque I del cuestionario modelo A del Auxiliar (11 y 21) y con una en la primera parte del Administrativo (7). Las falsas se construyen con piezas de la misma ley:

CuestionarioPreguntaQué pideDónde está
Auxiliar, bloque I11Cómo se recurren las resoluciones de acceso; una falsa habla de «reclamación previa preceptiva» ante el Consejo, y la ley la llama potestativaArtículos 20.5 y 24
Auxiliar, bloque I21Qué infracción es muy grave; tres de las cuatro respuestas son infracciones gravesArtículo 29
Administrativo, primera parte7Perjuicios que permiten limitar el acceso; las falsas inventan límites como la «seguridad e higiene en el trabajo»Artículo 14
Preguntas del cuestionario modelo A sobre la Ley 19/2013

Errores frecuentes y cómo practicar

Los fallos habituales: confundir publicidad activa (sin solicitud) con derecho de acceso (a solicitud); dar a los sujetos del artículo 3 todas las obligaciones, cuando solo les alcanza el capítulo II; creer que hay que motivar la solicitud; olvidar que el silencio en el acceso es desestimatorio; tratar la reclamación ante el Consejo como obligatoria; y mezclar los plazos: diez días para concretar, quince para terceros, un mes más otro para resolver, un mes para reclamar y tres para que se resuelva.

Haz primero un test del bloque en tests y luego un simulacro con el tiempo en marcha, el del Auxiliar o el del Administrativo. Las condiciones de acceso están en precios. La guía de la Ley 39/2015 conecta con esta (su artículo 13 reconoce el acceso a la información pública) y la de la Constitución, por el artículo 105.b. Para ver el ejercicio completo, empieza por la del Auxiliar del Estado (C2).

Test Auxiliar del Estado es un sitio privado de preparación, sin relación con el INAP ni con ninguna Administración. Esta guía resume textos publicados y no sustituye a la norma: antes de decidir nada, lee el texto vigente en el Boletín Oficial del Estado y las bases de la convocatoria.

¿Quién puede pedir acceso a la información pública?
Todas las personas (artículo 12), sin obligación de motivar la solicitud (artículo 17.3).
¿Cuánto tiempo tiene la Administración para resolver una solicitud de acceso?
Un mes desde la recepción por el órgano competente, ampliable otro mes por volumen o complejidad (artículo 20.1). Sin resolución expresa, se entiende desestimada (artículo 20.4).
¿Qué recursos caben contra una resolución de acceso?
El contencioso-administrativo directamente o, con carácter potestativo y previo, la reclamación ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno en un mes (artículos 20.5 y 24).
¿Cuánto dura el mandato del Presidente del Consejo?
Cinco años, no renovables (artículo 37.1).

Fuentes

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